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EL CONTROL DE TV3

  Artículo publicado en  EL PAÍS   el 7 de diciembre de 2017                                           El Congreso de los Diputados aprobó en octubre la Ley de Contratos del Sector Público que se publicó en el BOE del 9 de noviembre como Ley 9/2017. Imaginemos que el BOE, en lugar de seguir el criterio habitual de publicación de las normas, hubiera decidido publicar esta ley en dos documentos: uno el proyecto de ley que envío el Gobierno y otro las modificaciones que le han hecho las Cortes Generales. Así,  en el segundo texto leeríamos, aproximadamente, que se aprueba el Proyecto de Ley 121/002 “con los siguientes condicionamientos y modificaciones”: En el artículo 1 se añade un párrafo estableciendo que “En toda contratación pública se incorporarán de manera transversal y preceptiva criterios sociales y medioambientales”. En el artículo 2 se cambia ‘Las Comunidades Autónomas’ por ‘Las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla’. Y así hasta llegar al últim