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PARTIDOS NEOCONSTITUCIONALES

Artículo publicado en la Revista de Andalucía del Grupo Joly de 1 de junio de 2008


La Constitución es la gran norma jurídica que rige la vida política española y todos los partidos se precian de respetarla y defenderla escrupulosamente. Pero la complejidad, intensidad y riqueza de la vida interna de los partidos hace que la gente del común no veamos siempre con claridad este respeto cuando se trata de aplicarsela a sí mismos. Tomemos, por ejemplo, el mandato de democracia interna que la Constitución exige a los partidos (art. 6) e intentemos aplicarlo a la actual situación del PP y su Congreso de Valencia: desde la misma regla del 20% para presentar una candidatura a presidente hasta el secretismo en los datos de participación en la elección de compromisarios, pasando por el cruce de declaraciones y escritos en los periódicos al margen de los cauces institucionales, todo parece resumar dirigismo y lucha por el poder, pero muy poca democracia. Por no hablar de la sospechosa unanimidad que reina en algunas organizaciones regionales, que recuerda el viejo principio del Imperio alemán “cuius regio, eius religio”, según el cual la libertad de religión se limitaba a los príncipes, pues los súbditos debían de profesar la religión que hubieran elegido sus señores.

Sin el estrépito del PP, el PSOE no se queda muy atrás en ese peculiar respeto interno a la Constitución. Acabamos de tener un reciente ejemplo con la votación en el Congreso de la propuesta de IU-IC lamentando que el Ejecutivo no hubiera impedido el nombramiento del ex director de la Oficina Económica del Gobierno, David Taguas, como presidente de Seopan, la gran patronal de las empresas constructoras. Primero, resulta extraordinariamente chocante que todos los diputados socialistas menos uno dieran por válido el dictamen de la Oficina de Conflictos de Intereses, tan contrario a la lógica y a la más elemental interpretación finalista de la Ley 5/2006 de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno. Y segundo, no es fácil de comprender que si la Constitución garantiza, además de la democracia interna, que los diputados no están sometidos a mandato imperativo (art. 67.2), el PSOE le imponga una multa al diputado que no mantuvo la disciplina de voto en este asunto, que muy poco tiene que ver con la ideología y el programa electoral.

Por fortuna, nos queda IU como movimiento político valedor de la Constitución y profundamente democrático, tanto que permite que una de sus organizaciones territoriales, Izquierda Unidad-Ezker Batua, apoye la consulta popular sobre el derecho a decidir de los vascos y otras iniciativas claramente inconstitucionales del lendakari Ibarretxe. Pero sin tener que irnos tan lejos de Andalucía, el uso de esa libertad interna que practica IU tiene muchas veces carácter paradójico y no ya porque en los últimos tiempos la hayan usado para enfrentamientos sin cuartel -como el esperpento de la elaboración de las listas electorales andaluzas- sino por iniciativas verdaderamente sorprendentes. Así, por ejemplo, resulta incomprensible que una organización que defiende una y otra vez lo público frente a lo privado, lo que le ha llevado desde pedir el no en el referéndum sobre el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa hasta oponerse a las mil y una privatizaciones de los servicios públicos, haya contratado a una empresa privada para conocer la opinión de sus militantes y simpatizantes granadinos en lugar de organizar las correspondientes asambleas estatutarias. Eso sí, explicando que se trata de un “proceso participativo y absolutamente inédito”.

A lo mejor ahí está la clave de la contradicción entre defender la Constitución y luego no aplicarla en la vida interna de los partidos: comportamientos que a algunos nos pueden parecer incumplimientos evidentes de los mandatos constitucionales son en realidad procesos participativos inéditos. Claro que entonces para entenderlos bien lo mejor es que abandone mi manía de darle vueltas a la Carta Manga y corra a apuntarme a un curso intensivo de Neolengua.

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