Leo hoy, 27 de octubre, en una página especializada de Derecho que el 18 de julio pasado el Tribunal Supremo ratificó la condena que le impuso el TSJC a El Corte Inglés por discriminación sexual indirecta. Sin duda, pienso con mi deformación académica, un caso muy interesante para los alumnos de Derecho, tanto para los que estudien Derecho Constitucional como para los de Laboral. Pero a continuación, con mi mentalidad de lector de prensa algo compulsivo, pienso que me estoy despegando de las cosas de España porque se me ha escapado esta noticia. Así que me pongo a buscarla por Internet. Y sopresa de las grandes: ni un solo periódico ha considerado que la condena de nuestros famosos almacenes merezca ser reseñada. Buscando buscando encuentro en la edición catalana de EL PAIS la noticia de la sentencia del TSJC de 2010 , ratificando la sanción que la Generalitat impuso en 2005. Pero de la del Supremo, ni una palabra. Supongo que alguno de esos mal pensados que tanto ab...
Ideas y divagaciones de Agustín Ruiz Robledo.