Artículo publicado en EL ESPAÑOL el 11 de enero de 2023
Después de las gruesas descalificaciones mutuas que en diciembre se han disparado el Gobierno y la Oposición a cuenta de los intentos de reforma exprés de la Leyes Orgánicas del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, la Navidad ha traído la tranquilidad al campo de batalla; el Constitucional se ha renovado y los partidos andan ya preparando su próximo enfrentamiento, sin tiempo para pedir perdón por haber subido tanto el diapasón de acusaciones. Los académicos, más lentos de reflejos, todavía andamos dándole vueltas a la importancia de suspender la tramitación de dos enmiendas a la “Proposición de Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea”, aunque tengo para mí que se ha demostrado que era una exageración comparar el Auto de 19 de diciembre del Tribunal Constitucional con la irrupción de Tejero en el Congreso en 1981 o con el procés independentista en 2017. Basta imaginar cómo habría cambiado España si esas dos iniciativas golpistas hubieran triunfado y lo intrascendente que ha sido el triunfo de la medida cautelarísima solicitada por el PP.
Para
más prueba de lo mucho de teatro que había y lo poco de crisis real (a pesar de
la abrupta emisión de las tres “declaraciones institucionales” el mismo 19 de
diciembre por la noche), ahora hemos sabido que la Mesa del Congreso y la Junta
de Portavoces decidieron el 14 de diciembre (es decir un día antes de que se
produjeran en el Congreso las acusaciones de golpismo y contubernio) desglosar una enmienda que el PSOE había introducido en el “Proyecto
de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre
infracciones normativas” para tramitarla como “Proyecto de Ley Orgánica de
protección del secreto profesional del periodismo”. Exactamente igual se podría
haber hecho con las dos famosas enmiendas. El resultado hubiera sido un retraso
en su aprobación de no más de treinta o cuarenta días. Para mi pequeña historia
personal queda que el mismo 19 publiqué en EL ESPAÑOL que si al Gobierno tanto le preocupaba el
enfrentamiento institucional -hasta el punto de recomendar al PP que retirara
el recurso de amparo- debería de recomendar al Congreso que tramitara las dos
enmiendas como iniciativas independientes. Descubría yo el Mediterráneo, sin imaginar
que otros ya lo sabían, pero que callaban porque no encajaba en sus planes. En
fin, son los mismos que -con la presidenta del Congreso a la cabeza- proclaman
su “honda preocupación” por el futuro del Parlamento por culpa del famoso auto,
pero que callan ante las muchas actuaciones gubernamentales que nos están
llevando a un parlamentarismo difuminado: cuando el Gobierno usa en demasía los decretos
leyes (135 desde que Sánchez es presidente), emplea el subterfugio de las
proposiciones de ley para no tener que someter los proyectos de ley a informes
de otros órganos, no contesta a las preguntas de los diputados o simplemente
ignora los acuerdos de la Cámara. Por no hablar, claro está, de la renuncia que
han hecho el Congreso y el Senado a su obligación constitucional de elegir los
miembros del Consejo General del Poder Judicial, tarea de la que se encargan un
ministro y un eurodiputado.
Precisamente,
este asunto de la falta de renovación del CGPJ sí que es una auténtica crisis
institucional, que se prolonga ya cuatro años por el bloqueo del PP.
Extrañamente el PSOE y sus aliados, que tienen la mayoría parlamentaria, no han buscado una fórmula normativa para
obligar a los diputados y senadores del PP a que cumplan sus obligaciones, más
allá de limitar las competencias del CGPJ en funciones (LO 4/2021, de 29 de
marzo). Y no será porque no se le han dado ideas: desde el cese automático de todos los vocales
cumplido su mandato de cinco años (como sucede en Italia con su Consiglio
Superiore della Magistratura y en España con el Defensor del Pueblo); hasta una selección
subsidiaria por sorteo entre los candidatos que hubieran obtenido un
determinado número de votos en las Cámaras.
Si estas propuestas de cambiar la LOPJ no les convencen, quizás podrían
pensar alguna fórmula en el interior del Derecho Parlamentario. Aquí va una,
que además tiene la ventaja de servir para todo tipo de nombramientos que
realicen las Cámaras: se podría introducir un artículo en los Reglamentos del
Congreso y del Senado (digamos el art. 206 bis, en el del Congreso) que
estableciera que, primero, todos los nombramientos de cargos de extracción
parlamentaria deberán de realizarse dentro de los plazos legales; y, segundo,
que en caso de retraso cada parlamentario será sancionado con una multa de 500€
diarios. Las multas coercitivas son habituales en el Derecho Administrativo;
así que si se aplican a los ciudadanos que no cumplen con sus obligaciones,
quizás haya llegado la hora de aplicarla a los políticos que no cumplen con las
suyas.
Comentarios