Artículo publicado el día 10 de enero de 2025 en el diario El Español.
Sin
embargo, viendo el asunto desde la aburrida perspectiva del jurista, el
calificativo de "privilegio" merece discutirse detenidamente. Según
la RAE, un privilegio es una ventaja que goza una persona o colectivo en
perjuicio directo o indirecto de la mayoría. Así, desde el derecho de pernada
en adelante podemos recordar muchos privilegios históricos que se han dado en
España: los mayorazgos, señoríos y demás
gabelas nobiliarias, los gremios y sus monopolios profesionales, el monopolio
comercial con América de la Casa de Contratación de Sevilla, la exención de
impuestos y de aportar soldados en el siglo XIX de las provincias vascas, los
supermercados y clubes exclusivos para militares en el franquismo, etc. Todos
estos privilegios supusieron algún grado de detrimento para el resto de la
sociedad bien porque se le excluía del disfrute de unos bienes limitados, bien
porque debía de afrontar unas cargas públicas de las que se exoneraba a los
privilegiados.
Desde
esta perspectiva de beneficio personal y perjuicio comunitario, no es tan
evidente que el hecho de que la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios
Civiles del Estado permita que casi un millón de trabajadores públicos
estatales podamos elegir la sanidad
privada en lugar de la pública sea un privilegio porque no estamos perjudicando
a los más de 46 millones de usuarios de la sanidad pública. Los trabajadores
privados, que pagan su seguridad social, podrán sentirse moralmente
discriminados, porque otros -que pagan por la misma cobertura- pueden realizar
una elección que a ellos se les veda en la Ley General de la Seguridad Social;
pero no económicamente, ya que la elección
de los funcionarios no les genera un costo adicional. Es más, la aportación que
hace el Estado a Muface por mutualista es inferior a la que hace a la sanidad
pública por usuario, lo que según la Cátedra Extraordinaria de Salud Sostenible de la
Universidad Complutense de Madrid supone un ahorro anual de mil
millones de euros cada año para el Estado, cerca de 600 euros por mutualista.
Algo que el ministro de Función Pública no ha tenido en cuenta -supongo que por
confusión con los números, nunca con mala intención- a la hora de hacer sus
sesgadas declaraciones sobre los 1.000 millones de euros adicionales que el
Gobierno “está metiendo para financiar Muface, dinero de todos los ciudadanos,
de los Presupuestos Generales del Estado, para financiar el seguro privado de
un millón y medio de ciudadanos”.
Este tipo de
privilegio, que favorece a un grupo pero, en rigor, no perjudica a nadie, se
llama técnicamente un privilegio favorable. Recordemos, por ejemplo, el
privilegio de los grandes de España de permanecer cubiertos delante del rey, el
derecho a tener escudo de armas de las familias nobles, incluso la ejecución de
su condena a muerte mediante el hacha y no la horca, reservada a los plebeyos.
Estos
privilegios favorables pueden corregirse no solo eliminándolos, como los
privilegios odiosos, sino concediéndoselos a todo el mundo; práctica más que
habitual desde que el Edicto de Caracalla extendiera la ciudadanía romana a
todos los habitantes libres del Imperio allá por el 212. Desde luego, cuando el
Tribunal Constitucional se ha encontrado con una discriminación de este tipo,
lo que ha hecho ha sido buscar la equiparación por arriba: desde su pionera sentencia 207/1987, de 22 de
diciembre, en la que declaró que un Convenio Colectivo violaba el derecho a la igualdad de los auxiliares
masculinos de vuelo al no permitirles las mismas condiciones para el retiro
anticipado de sus colegas femeninas, hasta sus recientes sentencias declarando
la discriminación en la que incurre el Estatuto de los Trabajadores al no
prever la extensión del permiso de maternidad en las familias monoparentales
para equipararlas a las biparentales (SSTC 140/2024, de 6 de noviembre y
151/2024, de 2 de diciembre).
Por
eso, no es tan evidente que la solución al privilegio favorable de los
funcionarios sea suprimirlo; si no este año 2025, más adelante, como viene
insinuando el Gobierno y algún periódico antaño liberal. La solución podría ser la contraria: permitir
que todos los trabajadores, sin distinción de público o privado, estatal o
autonómico, tengan el derecho de elegir entre la sanidad pública o la privada.
Dejo para los economistas y expertos en sanidad la discusión sobre cuál puede
ser la solución óptima para nuestro país, aunque tengo para mí que los informes
anuales de la OCDE ponen de manifiesto que los sistemas sanitarios donde
coexisten proveedores públicos y privados en condiciones reguladas generan
mejores resultados en términos de coste-eficiencia y satisfacción del usuario
(el último, Health at a Glance 2023: OECD Indicators).
Por
mi parte, intentaré aportar una perspectiva constitucional a eso que el propio
Gobierno ha denominado una "reflexión sobre el futuro del modelo". En
principio, puede mantenerse que la Constitución garantiza un sistema de
asistencia sanitaria pública que puede gestionarse bien íntegramente por las
administraciones públicas (digamos, el modelo francés), bien íntegramente por
entidades privadas (el alemán) o bien un sistema mixto como el español, sobre
todo en Cataluña y otras Comunidades en las que la derecha ha tenido una fuerte
presencia. El modelo Muface se contrapone a todos, especialmente al tercero -el
modelo Alzira, al que en un primer vistazo podría parecerse- porque los
usuarios son los que deciden si van a ser atendidos por una de las empresas de
salud concertadas o a la sanidad pública. Es decir, que mientras en estos
últimos años los funcionarios hemos podido elegir entre cuatro ofertas
sanitarias (la pública más tres empresas privadas), los trabajadores solo
tenían una opción.
Así
las cosas, ¿puede mantenerse que todos esos modelos son igualmente
constitucionales y el legislador es libre para optar por el que considere
conveniente? Desde luego, así se ha venido entendiendo hasta ahora. Sin
embargo, tengo para mí que, siendo todos igual de constitucionales, uno es más
constitucional que los otros: si la Constitución proclama la libertad como uno
de su cuatro valores superiores, si declara que la soberanía reside en el
pueblo y que el libre desarrollo de la personalidad es un fundamento del orden
político, me parece que la conclusión inevitable consiste en que el modelo
Muface es el más conforme con la
Constitución de 1978 porque es el que proporciona más libertad a los ciudadanos
y más constriñe a los políticos. ¿Será por este motivo que ningún partido en el
Gobierno lo haya defendido, ni siquiera aquellos que -como el PP- lo han
llevado en su programa electoral en reiteradas ocasiones?
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