Entrevista en Radio Nacional de España: son muy escasos los precedentes de sanciones a jueces por el contenido de sus resoluciones
"Aunque el juez sea sancionado, la señora Begoña Gómez seguirá sin poder salir de España hasta que la Audiencia Provincial decida si la medida cautelar es adecuada"
A continuación comentamos la sentencia del Tribunal Supremo que condena a José Luis Ábalos, exministro y ex secretario de Organización del PSOE, a 24 años de prisión por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias.
"La sentencia ha sido adoptada por unanimidad. Los magistrados han coincidido tanto en las penas impuestas como en considerar acreditada la existencia de una organización criminal integrada por tres personas."
Después de la entrevista, varios amigos me han preguntado algo que les ha llamado la atención de la Sentencia del Tribunal Supremo: ¿cómo se les condena a devolver solo menos de medio millón cuando el fiscal pedía más de tres? O dicho en términos más coloquiales: ¿van a devolver la pasta que nos han robado?
La respuesta que se desprende de la sentencia es esta: porque la petición de multa de 3,7 millones para Aldama lo era por el delito de aprovechamiento de información privilegiada y la sentencia (Fundamento Jurídico 5.3) lo absuelve de ese delito tipificado en el artículo 418 del Código Penal. Lo mismo para Ábalos y Koldo (en sus casos, art. 442 CP).
Sin embargo, la cuestión económica no termina completamente ahí. Entonces, por mi cuenta y riesgo, me pregunto: si la adjudicación del contrato es consecuencia del cohecho y del tráfico de influencias, ¿por qué las ganancias obtenidas gracias a esa adjudicación no constituyen también producto del delito a efectos del artículo 127 del Código Penal, que prevé el decomiso de las ganancias procedentes de la actividad delictiva?
Sinceramente, no veo que la sentencia responda de forma expresa y detallada a esta cuestión. Ahora bien, debo añadir que no soy especialista en Derecho Penal y que es perfectamente posible que existan razones técnicas que justifiquen la solución adoptada por los siete magistrados de la Sala para mantener el escrupuloso respeto al Estado de Derecho. Más allá de ellas, y como ciudadano común y corriente, la sensación que me queda es que estos tres condenados no van a tener muchos problemas económicos el resto de sus vidas.

Comentarios