Hace media hora que se ha hecho pública la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el estado de alarma y yo me lanzo a dar mi opinión provisional, sin ánimo de "sentar cátedra" en el programa La tarde de Canal Sur que dirige la periodista Araceli Limón.
El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, Agustín Ruiz Robledo, ha analizado en La Tarde de Verano la sentencia del TC aún sin conocer en profundidad sus términos. Pero, a priori, y como doctrina general, la decisión conllevará la anulación por inconstitucionales de todas las sanciones impuestas durante el estado de alarma. Incluso aquellas multas que estén abonadas deberán ser devueltas, cree.
Ruiz Robledo cree que el alcance de esta sentencia es más bien futuro ya que aclara que hay determinadas medidas que no pueden tomarse si no es con un estado de excepción. Si bien el catedrático, reconoce, ha defendido hasta ahora que el estado de alarma, que se aplica en situaciones de emergencia sanitaria, es más adecuado que el de excepción, previsto para situaciones de graves desordenes públicos.
A falta de conocer los términos exactos de la sentencia, el experto considera que la decisión del Constitucional supone también decir indirectamente al Supremo que su jurisprudencia, que permite declarar el toque de queda a las autonomías, es difícilmente compatible con esta decisión.
Comentarios