Artículo publicado en EL ESPAÑOL el 19 de diciembre de 2022
El
ruido político apenas deja ver el problema jurídico, que es relativamente fácil
de resolver: los grupos parlamentarios socialista y de Unidas Podemos
presentaron conjuntamente dos enmiendas “de adición” a la “Proposición de Ley
Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la
adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y
reforma de los delitos contra la integridad moral”. Las enmiendas pretendían modificar
la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Tribunal
Constitucional. Fueron admitidas el pasado 12 de diciembre por la Mesa de la
Comisión de Justicia del Congreso, a pesar del informe del letrado que advertía
de su inconstitucionalidad por tratar de materias distintas al Código Penal.
Sobre ese punto no hay muchas dudas porque tenemos una Sentencia del Tribunal
Constitucional sobre un asunto similar (solo que con los protagonistas
cambiados): en 2003 el proyecto de Ley Orgánica de Arbitraje fue enmendado en
el Senado por el PP para añadir en el Código Penal la convocatoria ilegal de
referendos; los senadores socialistas presentaron un recurso de amparo, que fue
estimado por el Constitucional y por eso anuló “los acuerdos de la Mesa del
Senado de 2 y 3 de diciembre de 2003, por los que se admitieron a trámite las
enmiendas núm. 3 y 4 presentadas por el Grupo Parlamentario Popular al proyecto
de Ley Orgánica complementaria de la Ley de arbitraje" (STC 119/2011, de 5 de julio).
También
sabemos que esa Sentencia, que reconocía ocho años después, la violación del
derecho de participación política de los senadores socialistas, no tuvo ningún
efecto práctico pues no afectó a la vigencia de la ley, que solo podría haber
sido anulada por el Constitucional mediante un recurso de
inconstitucionalidad. Precisamente por
eso, el recurso de amparo del PP ha pedido como medida cautelar la suspensión
de la tramitación de las dos enmiendas polémicas. Al actuar así, coloca al
Tribunal Constitucional entre Escila y Caribdis: si suspende interrumpirá por
primera vez en nuestra historia la actividad legislativa de las Cortes,
representante del pueblo español; pero si no lo hace, no podrá reparar de forma
efectiva la clara violación de los derechos de participación política de los
diputados. Por si no fuera difícil la alternativa, además la decisión de hacia dónde debe
inclinarse el barco del Constitucional parece que no se tomaría por unanimidad,
sino atendiendo a una división entre conservadores y progresistas que nada
ayudaría a la auctoritas de la
institución.
El
ministro de la Presidencia, consciente de esa situación comprometida del
Tribunal Constitucional, ha pedido al Partido Popular que retire su recurso de
amparo. Me atrevo a sugerirle que, en contra partida, le pida a los socialistas
que reconsideren sus enmiendas para que no se tramiten en el Senado, sino que sean
recalificadas como iniciativas
legislativas y vuelvan al Congreso para su tramitación como una proposición de
ley. Si el PP lo aceptara, con un poco de imaginación jurídica y buena fe
podría lograrse un acuerdo sin vencedores y sin vencidos, con un retraso mínimo
en la tramitación de las modificaciones de las Leyes Orgánicas que quiere hacer
la mayoría parlamentaria.
Para
animarlos a ese acuerdo, tan aparentemente lejano, me permito recordar las
prudentes palabras de Unamuno que en el verano de 1931, a la vista de las
maratonianas sesiones del Congreso de los Diputados para tramitar el proyecto
de Constitución y ante la falta de acuerdo entre los partidos, pidió sosiego y
mesura porque “Cuando aquí se habla de la República recién nacida y de los
cuidados que necesita, yo digo que más cuidados necesita la madre, que es
España, que si al fin muere la República, España puede parir otra nueva, y si
muere España no hay República posible”. En tiempo y en desarrollo político y
social, estamos lejos de los peligros que acechaban a aquella España, pero
tampoco estaría de más que hoy todos los partidos -recordando a don Miguel- tuvieran
un poco de lealtad constitucional en su comportamiento, en lugar de declamar constantemente
grandes principios que luego no se aplican a sí mismos.
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